Ley de Financiamiento Universitario: la Justicia rechazó el pedido del Gobierno para levantar la cautelar

La resolución ordenó al Estado nacional presentar en tres días un informe con respaldo documental sobre los avances.


El juez federal Martín Cormick rechazó el pedido del Poder Ejecutivo Nacional para levantar la medida cautelar que obliga al Estado a cumplir con la Ley de Financiamiento Universitario y le otorgó un plazo de tres días para presentar un informe documentado sobre los avances registrados en la aplicación de la norma.

El Estado Nacional había recurrido la decisión adoptada a partir de una demanda impulsada por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), que reclamó la ejecución de un acta firmada el 10 de junio entre la Subsecretaría de Políticas Universitarias y organizaciones gremiales docentes y no docentes.

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El acuerdo contemplaba un incremento salarial del 24,33%, una suba del 20% en los gastos operativos de las universidades públicas, un aumento del 50% en las Becas Manuel Belgrano y el otorgamiento de un refuerzo de $50.000 millones para los hospitales universitarios durante 2026.

La decisión del juez

Cormick consideró que la cautelar debe continuar vigente debido a que persiste el riesgo derivado de la demora. Según sostuvo en su resolución, el Estado no logró acreditar que los aumentos salariales y de las becas hayan revertido el deterioro de los ingresos ni solucionado el conflicto que dio origen al reclamo judicial.

El magistrado recordó que la medida cautelar había sido dictada hasta el momento en que se dicte una sentencia definitiva. Posteriormente, la Sala III de la Cámara del fuero confirmó la decisión y la medida quedó firme luego de que la Corte Suprema desestimara el recurso extraordinario presentado por el Estado.

A partir de esos antecedentes, Cormick analizó el planteo del Ministerio de Capital Humano y concluyó que el Gobierno no logró demostrar un “impacto positivo sobreviniente” de los acuerdos frente a los perjuicios denunciados por los actores.

El juez también sostuvo que no existe una definición “efectiva y final” sobre el deterioro de los ingresos y la pérdida salarial del sector involucrado. En ese contexto, consideró que no puede darse por superado el peligro en la demora y rechazó el pedido para dejar sin efecto la cautelar.

La resolución aclaró que esta decisión no implica anticipar una postura sobre el fondo de la causa.

En su presentación, el Poder Ejecutivo sostuvo que ya se habían realizado las asignaciones presupuestarias correspondientes a las universidades nacionales para junio, incluyendo los incrementos salariales establecidos en el acta y la actualización del Programa Nacional de Becas Estratégicas Manuel Belgrano.

El Gobierno argumentó que el acuerdo permitió atender los reclamos vinculados con los salarios y las becas estudiantiles y consideró que, de ese modo, las obligaciones previstas en los artículos 5 y 6 de la Ley 27.795 estaban “en lo sustancial, satisfechas”.

Para el Ejecutivo, tanto la firma del acta como las medidas adoptadas posteriormente habían eliminado el riesgo derivado de la demora que había fundamentado el dictado de la cautelar.

Las universidades, en cambio, cuestionaron el planteo oficial y señalaron que el propio Estado había aclarado que la firma del acta no implicaba abandonar la posición que había sostenido durante el proceso judicial.

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Sobre esa base, sostuvieron que el acuerdo no modificaba los fundamentos de la acción de amparo y plantearon que el convenio tampoco contemplaba la totalidad de las obligaciones establecidas por la Ley de Financiamiento Universitario.

En ese sentido, calificaron el acuerdo como “una gota en medio del océano de los incumplimientos del PEN”.

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